Todo empresario tiene la obligación de llevar la contabilidad conforme a lo previsto en el Código de Comercio, y este se plantea que se tiene llevar estos libros contables:
El libro diario
En el que se anota cronológicamente, día a día, el importe de todas las operaciones realizadas en desarrollo de la actividad empresarial. Por ello, es importante que se mantenga un registro constante de las transacciones que se tenga. También puede realizarse anotación conjunta de los totales de las operaciones por períodos no superiores al mes, como por ejemplo su detalle se registra en libros o registros concordantes, si quieres conocer más sobre cómo llevarlo con más precisión visita nuestro artículo, sobre contabilidad básica para empresa, y
El libro de inventarios y cuentas anuales
Este libro debe tener el balance inicial detallado de la empresa y las cuentas anuales, que serían, el balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estados de cambio en el patrimonio neto, estados de flujo de efectivo y la memoria. Las cuentas anuales son el instrumento contable más importante para poder calcular y enviar el Impuesto de Sociedades (IS), ya que sirven de partida para la configuración de su base imponible.
Para ello, tienes que llevar un registro fiable de todas las transacciones, ya que es la base para cumplir todas tus obligaciones y estas se conectan de la siguiente manera:
Algunos beneficios de llevar tu contabilidad online:
La primera ventaja que aporta la contabilidad online es que es específica, comprensible y personalizada según las necesidades de cada usuario. Pero sus beneficios alcanzan diversos puntos clave del proceso contable, como veremos ahora en detalle.
¿Cómo puedo solicitar estos? Ambos son acreditaciones de su identidad online, que te permite realizar trámites de forma segura con una amplia gama de Administraciones Públicas y Entidades Privadas a través de Internet, firmar documentos, presentar y liquidar impuestos, entre otros muchos procedimientos. Este lo pueden adquirir cualquier ciudadano español o extranjero, mayor de edad […]
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¿Cómo crear una factura? Como autónomo, estás obligado a crear facturas y enviarlas a tus clientes para que puedan ser pagadas y generar ingresos. En este artículo te daremos 7 sencillos pasos a seguir para que puedas crear una factura, y para que tenga claridad con los temas del IRPF, sobre que retención tienes que […]
Este proceso puede ser algo tedioso, si no se tienen los pasos claros. En este artículo te explicamos de forma sencilla lo que necesitas saber para realizar este proceso.
Paso 1: Darse de alta en la Agencia Tributaria
A continuación, tendrás que informar a través del modelo 036 y 037, todos los datos con respecto a tu actividad, tus datos personales y con respecto a tu negocio, además de incluir tu código del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Esta alta la realizas a través de Agencia Tributaria, de forma online o presencial en una oficina.
Paso 2: Darse de alta en Seguridad Social
Después de lo anterior tendrás que darte de alta en el Régimen Especial de Trabajador Autónomo de la Seguridad Social, el RETA. Desde que realizaste el alta en Impuesto de Actividad Económica y en la Agencia Tributaria, tendrás un plazo de 30 días para hacer este paso. Para esto tendrás que rellenar el modelo TA051 con los datos relativos a tu actividad económica y vas a necesitar tu DNI/NIE. Para este proceso al igual que los anteriores podrás hacerlo de forma online o de forma presencial en una oficina de la Seguridad Social.
Responsabilidades
Una vez hecho esto, vas a tener responsabilidades con la Seguridad Social (SS) y La Agencia Tributaria (AEAT). Con la SS tendrás que pagar la cuota de cotización mensual, que se cobra a final de cada mes, existe una ventaja, para los autónomos que hayan solicitado su alta por primera vez, o si llevas 3 años sin ser autónomo y disfrutaste de la tarifa plano con anterioridad, o 2 años si no disfrutaste de la tarifa plano con anterioridad, la Tarifa Plana, el monto total a pagar es 85,71€, y sino cumples con estos requisitos pagarás entre 234,50€ y 509,80€.
Por otro lado, con La AEAT, estas obligado a pagar impuestos sobre tus beneficios y los porcentajes varían entre 7% y 20%. Los más básicos son el Impuesto sobre el valor añadido (IVA), que sería del 4%, 5%, 10% o 21% según tu actividad y el Impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) que estaría entre 7%, el 15%, o 20% según tu actividad.
No te preocupes, en La App TheGestor tendrás en tiempo real cuanto vas a pagar en tus impuestos según cada factura que coloques y si tienes problemas con el alta como Autónomo, nosotros la hacemos por ti y entre 24 y 48 horas, la tendrías.
IRPF o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ¿Qué es el IRPF? El IRPF es el tributo sobre las ganancias que toda persona física tiene que pagar. Si eres un trabajador en una empresa este será descontado en tus nóminas mensuales, aunque tu tendrás la obligación de declarar la renta anual de tus […]
¿Qué hay que saber sobre la declaración de la Renta 2023-2024? Aunque no todo el mundo está obligado a presentar esta declaración es importante que sepas si estás obligado o no, e incluso si no estás obligado en ocasiones puede que si la presentas te salga a devolver, y claro, debes tener todos los documentos […]
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Ambos son acreditaciones de su identidad online, que te permite realizar trámites de forma segura con una amplia gama de Administraciones Públicas y Entidades Privadas a través de Internet, firmar documentos, presentar y liquidar impuestos, entre otros muchos procedimientos.
Este lo pueden adquirir cualquier ciudadano español o extranjero, mayor de edad o menor emancipado que esté en posesión de su DNI o NIE, quien podrá solicitar y obtener de forma gratuita. Específicamente:
Cl@ve: es la plataforma de verificación de identidades electrónicas para la identificación y autenticación de los ciudadanos en sus trámites con las Administraciones Públicas. Permite la identificación con plenas garantías de seguridad. Tiene 2 niveles el de Registro Básico, a través de Internet por videollamada o con carta de invitación y el nivel de Registro Avanzado también a través de Internet con certificado electrónico/DNIe o presencialmente en una oficina de registro.
El Certificado Digital: es un archivo que le permite realizar trámites de forma segura con la Administración Pública y Entidades Privadas a través de Internet, este cuenta con la mayor amplitud y seguridad a la hora realizar trámites, y puedes firmar documentos online con este. Se obtenido presencialmente en una oficina de registro.
Si tienes una empresa, puedes obtener el certificado digital de tu empresa, en línea, con tu certificado digital personal, esto ya que tienes la obligación de recibir por medios electrónicos las comunicaciones y notificaciones que efectúe la Agencia Tributaria en sus actuaciones y procedimientos tributarios. Para el Certificado Electrónico de Empresa si tienes que pagar una cantidad de 24 euro + IVA del 21%. Además, puedes tener acceso a las notificaciones electrónicas que reciba tu empresa en DEHú, recuerda que es importante para estar al día con tus obligaciones.
En The Gestor te recomendamos tener tu certificado digital que te va a permitir cumplir con todas tus obligaciones de forma más rápida y segura. Para más información visita la página oficial de La Fábrica Nacional de La Moneda y Timbre (FNMT-RCM)
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¿Qué es el IRPF?
El IRPF es el tributo sobre las ganancias que toda persona física tiene que pagar. Si eres un trabajador en una empresa este será descontado en tus nóminas mensuales, aunque tu tendrás la obligación de declarar la renta anual de tus ingresos, sólo si ganas más 22.000 euros y tienes 1 sólo pagador, o más de 15.000 si tienes más de un pagador, en esta declaración anual sabrás realmente si tendrás que pagar más Agencia Tributaria o te devolverán el dinero, por haber pagado de más.
Si eres autónomo, también estas obligado pagar un porcentaje sobre los ingresos que percibas. Los autónomos profesionales, tienen que colocar un porcentaje de retenciones del 7% o del 15% de IRPF en las facturas, este porcentaje de retención va a depender si te has dado de alta por primera vez o si ya tienes un tiempo realizando alguna actividad económica. Si tienes dudas sobre esto chequea nuestro artículo sobre cómo crear tus facturas acá. Por otro lado, los autónomos empresarios están obligados a presentar una declaración trimestral donde tienen que pagar un porcentaje del 20% sobre sus beneficios. En ambos casos tendrás que presentar una declaración anual para conocer si vas a tener pagar o has pagado de más durante el año.
Hay casos en que incluso siendo autónomo profesional tendrás que pagar este 20% en tus declaraciones trimestrales, si tienes menos del 70% de tus ingresos con retenciones. Esto ocurriría si:
Además, en tus gastos habrá casos en que tendrás que retener el porcentaje de IRPF de los profesionales que contrates o de los locales que tengas alquilados, para luego declararlo y hacer el pago de este. Recuerda este dinero extra que te estas ahorrando en tus facturas de gastos cuando las pagas, es un dinero que luego vas a tener que pagar a Agencia Tributaria.
En resumen:
Como ves este es un tema algo complejo y que tiene varias aristas, por eso en la App The Gestor, te ayuda a ver cuánto vas a tener que pagar, con cada factura que coloques.
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¿Qué gastos es posible deducir para pagar menos impuestos? Cómo autónomo o empresa tienes la obligación de llevar un riguroso resguardo de todas las transacciones que hagas, por lo que es importante mantener todo en tus libros registro, la App The Gestor lo crea para ti, pero ten cuidado de cumplir ciertos requisitos: que estén vinculados […]
Como autónomo, estás obligado a crear facturas y enviarlas a tus clientes para que puedan ser pagadas y generar ingresos. En este artículo te daremos 7 sencillos pasos a seguir para que puedas crear una factura, y para que tenga claridad con los temas del IRPF, sobre que retención tienes que colocar y el IVA que debes aplicar a tus facturas.
-1er Paso: Datos básicos, información que es obligatorio que aparezca en cada factura: fecha de emisión (es la fecha en que se realiza la factura) y número de factura (es importante que tus facturas tengan un número correlativo, 1, 2, 3…, según las vayas creando).
-2do Paso: Los datos fiscales tuyos y de tu cliente: nombre y apellidos o razón social, NIF/CIF y domicilio fiscal; puedes incluir, además, datos como número de teléfono o email, estos datos son opcionales.
-3er Paso: Debe figurar el concepto del bien y servicio: en la factura tienes que detallar qué estás vendiendo.
-4to Paso: Base imponible: es la cantidad por la que vendes tus servicios y productos, recuerda que este monto no lleva impuesto, por lo que tu cliente va a pagar esta cantidad + IVA.
-5to Paso: Impuesto sobre el Valor Añadido: el IVA es un impuesto que es pagado por tus clientes, por lo tanto, a la base imponible tienes que agregar un % que depende de los artículos y los servicios que comercialices, tú lo pones, pero él lo paga. Generalmente este porcentaje es del 21% pero hay otros tipos de IVA, y también hay casos en los que lo que se venden no lleva IVA, ocurre por ejemplo con la venta de lotería, seguros o los servicios de enseñanza, estos son los porcentajes de IVA que están aprobado en España.
En el 2024 fueron actualizadas las tablas de IVA según cada producto y servicio, te dejo el link acá. Además, existen casos distintos sobre cómo aplicar el IVA, dependiendo del domicilio de tu cliente, si es dentro de España, Europa (operaciones intracomunitarias), o el resto del mundo (exportaciones).
IVA intracomunitario o transfronterizo: si quieres vender en la Unión Europea te tienes que registrar en el sistema VIES (sistema de intercambio de información sobre el IVA), te deje el enlace para que puedas chequearlo acá, y facturarás en la siguiente forma:
IVA en las exportaciones: si quieres vender fuera de la Unión Europea necesitarás el EORI (número de registro e identificación de los operadores económicos) y estas operaciones están exenta de IVA.
Nota: Recuerda siempre que el IVA de tus facturas de ingresos no es parte de tus ingresos, te recomendamos guárdalo en una cuenta aparte para evitar sustos cuando tengas que hacer tu declaración.
-6to Paso: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: El IRPF, en el caso de los Autónomos empresarios, no es necesario agregarlo. Si eres un autónomo profesional, debes siempre agregar una retención en cada factura que envías a tus clientes que sean empresarios o profesionales como tu, y que vivan en España.
En el caso que seas nuevo Autónomo, tendrás el beneficio de sólo retener un 7% en el año en que te has dado de alta y en los dos siguientes. En los otros casos, se debe agregar una retención del 15%.
-7to Paso: Importe total: Con la App The Gestor, podrás calcular el total a recibir de forma automática, esta cantidad resulta de sumar a la Base Imponible y el IVA, y restar el IRPF.
Importe total = Base Imponible + IVA – IRPF
Por ejemplo, si eres nuevo autónomo y el costo de tu servicio/producto es de 1000 euros (base imponible), agregas 21% de 1000 como IVA = 210 euros y restas 15% de 1000 como retención = 150.
El importe total de tu factura será 1000 + 210 – 150 = 1060 euros.
Ya lo tienes y recuerda, puedes personalizar tu factura agregando el método de pago en que quieres que tu cliente te pague, como por ejemplo tus datos bancarios para recibas una transferencia bancaria y puedes añadirle tu logo, color y un diseño atractivo.
Con la App The Gestor podrás además enviar directamente las facturas personalizadas a tus clientes de forma fácil y rápida. Si tienes más dudas sobre cómo crear tus facturas visita «Crear y personalizar tus facturas» en nuestro canal de YouTube.
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Cuando hablamos de autónomo societario, nos referimos a una persona física que haya decidido constituir una sociedad mercantil, y que tiene acciones de esta sociedad y ciertas responsabilidades en esta empresa.
Los siguientes casos descritos necesitaran darse de alta como autónomo societario:
– Cuando posea al menos el 50% del capital que incluya las participaciones de su cónyuge y las de sus familiares por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado, siempre y cuando convivan con ellos.
– Cuando posea un mínimo del 33% del capital social de la empresa.
– Cuando posea el 25% o menos del capital y ejerza roles de dirección y gerencia.
Sólo en los siguientes casos no necesitarás darte de alta como autónomo societario:
En el caso que no realices ninguna función para la sociedad no estarás obligado a darte de alta como autónomo societario, ni en Régimen General si no trabajas en ella.
En el caso que seas socio con control efectivo, y no eres ni administrador no deberás cotizar en la Seguridad Social. Por el contrario de que este mismo socio, no sea administrador, pero si recibe alguna remuneración por su trabajo, solo tendrá que cotizar en RETA.
La gran ventaja de darte de alta como autónomo societario, a diferencia de los otros autónomos, es que frente a cualquier eventualidad que le suceda a la sociedad no tendrás tu patrimonio personal no se verá afectado, a diferencia de un autónomo donde la responsabilidad se extienda a sus bienes personales.
¿Debo facturar o recibo una nómina por mi trabajo como autónomo societario?
Si estás en régimen general creas nóminas y si eres autónomo societario facturas.
¿Cómo emito mis facturas como autónomo societario?
En el caso que estés obligado a facturar tienes que tener claro el tipo de IVA que deberás colocar en las facturas, para ello chequea este artículo, además recuerda que deberás colocar IRPF que tu empresa deberá retenerte, normalmente está entre el 7% y el 15%, en esta artículo podrás saber más sobre esto.
¿Qué hay que saber sobre la declaración de la Renta 2023-2024? Aunque no todo el mundo está obligado a presentar esta declaración es importante que sepas si estás obligado o no, e incluso si no estás obligado en ocasiones puede que si la presentas te salga a devolver, y claro, debes tener todos los documentos […]
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¿Qué tipo de facturas existen? Existen varios tipos de facturas, entre ellas destacan las que Agencia Tributaria plantea, que son las facturas simplifica y la completa, pero en general existen muchos tipos de facturas, que mencionaremos a continuación: Factura ordinaria/completa: Se emplea para operaciones mayores a los 400 euros, el documento debe contener los datos […]
En este artículo te explicaremos de forma sencilla de qué trata el IVA y cómo se aplica.
¿Qué es el IVA?
El IVA es la cantidad tributaria que se agrega a los productos y servicios con los que comercializamos en un país. Todos pagamos el IVA al comprar algo, por lo tanto, si eres una empresa, negocio o autónomo, tendrás que agregar en la mayoría de los casos, este impuesto a tus productos y/o servicios.
El porcentaje de este impuesto varía dependiendo del sector en que trabajes o el producto que vendas, puede ser mayor o menor o incluso exento de este impuesto, pero en su generalidad se aplica el 21%. Sus tipos son:
-General: Este es el IVA más común, y se aplica a la mayoría de las operaciones, ya sea ventas de bienes o prestaciones de servicios, el portaje es 21% sobre el valor del bien o servicio vendido.
-Reducido: Se aplica a operaciones como por ejemplo entregas de alimentos destinados al consumo humano o animal, no incluye las bebidas alcohólicas. Venta de productos agrícolas, servicios de hostelería, entre otros productos o servicios, el portaje es 10% sobre el valor de estos.
-Superreducido: Se aplica en operaciones como venta de alimentos de primera necesidad, los no elaborados, energía, libros, medicamentos, entre otros, el porcentaje está entre el 5% o 4%.
Puedes ver las tablas actualizadas del IVA 2024, si tienes dudas que sobre como crear tus facturas con IVA, chequea este enlace. El IVA es un impuesto que pagan los consumidores o clientes, por lo tanto, si tienes un negocio o prestas un servicio solo serás el obligado de recaudar este dinero para luego entregar este a Hacienda, dinero destinado a cubrir del gasto público. En ningún caso podrás quedarte con este dinero.
Como ves, este impuesto a diferencia de otros, no lo pagas de tu bolsillo, ya que el consumidor final es al que se le aplica, solo tendrás la responsabilidad trimestral y anualmente, de informarlo y devolverlo a Hacienda; y si eres Autónomo o Empresa, y tienes facturas de gastos relativos a tu actividad económica que incluyan IVA, Hacienda determina la posibilidad de que le solicites este IVA que tú has pagado a tus proveedores y acreedores, para ayudarte con tu actividad económica.
Te daremos un ejemplo a continuación:
Si eres un autónomo o empresa y tuviste un gasto de 2.420 por compras de materiales para tu actividad económica, y en la factura aparece un IVA al 21% de 420, estos 420 lo puedes solicitar a La Agencia Tributaria en devolución.
El IVA de las facturas de tus clientes, es el IVA que recaudas, es llamado “IVA repercutido”, y el IVA que pagas en tus gastos para temas de tu negocio, es llamado “IVA soportado”. Por lo que la diferencia entre lo que soportas y lo que repercutes, es lo que va a resultar a pagar o recibir, en tus resúmenes de operaciones trimestrales.
En resumen:
Si quieres ver cuanto vas a tener a tu favor o cuánto vas a tener que pagar, lo vas a poder ver en tu App The Gestor, que lo calcula automáticamente con cada factura que coloques.
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Cuando decidimos emprender una nueva vida en otro país, nos vemos un poco confusos en ciertos aspectos. Claramente nos enfrentamos a nuevas leyes y normas, las cuales no poseemos mucha información al respecto. España es un país con una serie de normas en temas de impuestos para extranjeros, que han decidido permanecer en este territorio. En palabras simples si eres extranjero y has permanecido más de 183 días en el territorio español, estás obligado a pagar impuestos o sea pasas a ser un residente fiscal.
Te damos un ejemplo: Si es que eres un pensionado extranjero, y decides mudarte a España por un periodo superior a 183 días, y percibes una renta por parte de otro país, estarías obligado a declararla, si es que esta llegase a superar los 15.000 euros anuales (en el caso de un tributante no pensionado el monto asciende a 22.000 euros anuales). Si es el caso que en el país extranjero donde percibes esa renta pagas impuestos, podrías optar a la rebaja de impuestos, ya que existen varios tratados de doble imposición, que España ha concretado con otros países. El plazo de presentación es del 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024.
Básicamente si percibes una renta ya sea en el extranjero o en territorio nacional estás obligada a informar. Si es que esta llegase a ser en territorio español podrías acogerte al régimen especial, siempre y cuando cumplas con ciertos requisitos que te contamos en el artículo que te enlazamos aquí. En el caso que poseas bienes o derechos en el extranjero, también estás obligado a informarlos en algunos casos. Estos debes declararlos a través del Modelo 720 o en el Modelo 721, y el plazo de presentación es del 1 de enero al 1 de abril de 2024.
¿Cuándo debo declarar mis bienes o derechos en el extranjero?
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¿Qué gastos es posible deducir para pagar menos impuestos? Cómo autónomo o empresa tienes la obligación de llevar un riguroso resguardo de todas las transacciones que hagas, por lo que es importante mantener todo en tus libros registro, la App The Gestor lo crea para ti, pero ten cuidado de cumplir ciertos requisitos: que estén vinculados […]
El gobierno ha dispuesto una prestación por cese de actividad para aquellos Autónomos que han parado su actividad por motivos fuera de su control, ya que de forma involuntaria se han visto obligado a darse de baja, aquellos que se han visto significativamente afectados económicamente y has cotizado por ello. Esta es una prestación de carácter temporal que, además de incluir el aspecto económico, incluye acciones formativas para poder el trabajador reinsertarse en el mundo laboral y también el abono de la cotización por contingencias comunes.
¿Quiénes pueden optar a esta prestación?
¿Cuáles son los requisitos?
¿Cuáles son los pasos por seguir?
Contactarse con la Mutua correspondiente. Estos son los organismos responsables de gestionar esto. En este punto tendrás que rellenar un formulario y realizar una declaración jurada. También se tendrá que presentar documentación correspondiente para acreditar dicho cese, o reducción de facturación.
¿Cuánto recibiré por esto?
El importe del paro Autónomo se calculará en base a unos mínimos y máximos dependiendo si el trabajador tiene o no hijos menores a cargo. Se cogerá el 70% de la base reguladora, calculando un promedio de las bases que se hayan ido cotizando durante los 12 meses anteriores al cese de la actividad, es importante que sepas que esta no es la cantidad que pagas mensuales, que está entré 753,29 y 4.720,50 en el 2024, este dato lo conoces en tu perfil en la seguridad social.
El mínimo se fija entre el 107% y el 80% del IPREM del 2024 (642 € y 480 €), en función de los hijos a cargo y el máximo en el 175% del IPREM (1050 €), que subirá a un 200% (1200 €) si tiene un hijo o al 225% (1350 €) si tiene dos hijos a cargo.
¿Pueden pedirlo los autónomos que tienen trabajadores a su cargo?
En este caso los empleadores pueden presentar un ERTE para sus trabajadores y solicitar esta prestación.
¿Cómo puedo solicitar estos? Ambos son acreditaciones de su identidad online, que te permite realizar trámites de forma segura con una amplia gama de Administraciones Públicas y Entidades Privadas a través de Internet, firmar documentos, presentar y liquidar impuestos, entre otros muchos procedimientos. Este lo pueden adquirir cualquier ciudadano español o extranjero, mayor de edad […]
¿Qué es el autónomo societario? Cuando hablamos de autónomo societario, nos referimos a una persona física que haya decidido constituir una sociedad mercantil, y que tiene acciones de esta sociedad y ciertas responsabilidades en esta empresa. Los siguientes casos descritos necesitaran darse de alta como autónomo societario: – Cuando posea al menos el 50% del […]
¿Cómo crear una factura? Como autónomo, estás obligado a crear facturas y enviarlas a tus clientes para que puedan ser pagadas y generar ingresos. En este artículo te daremos 7 sencillos pasos a seguir para que puedas crear una factura, y para que tenga claridad con los temas del IRPF, sobre que retención tienes que […]
Aunque no todo el mundo está obligado a presentar esta declaración es importante que sepas si estás obligado o no, e incluso si no estás obligado en ocasiones puede que si la presentas te salga a devolver, y claro, debes tener todos los documentos con tiempo, para que después no tengas problemas.
¿Cuáles son las fechas para presentarla?
Las fechas son del 3 de abril hasta el 1 de julio de 2024 para la presentación de la declaración de Renta de 2023.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
Están obligados a hacer la declaración aquellos contribuyentes que ingresen rentas por rendimiento de su trabajo y que cuenten con un solo pagador de más de 22.000 euros o 15.000 de varios pagadores. Además, todos los trabajadores autónomos están obligados a presentarla. Asegúrate que todos los datos estén correctos. Entre los datos a verificar, nombre, número de DNI y de la seguridad social, tu domicilio, estado civil, y la información de cónyuge e hijos, si los tienes.
Además, los autónomos están obligados a presentar esta declaración aunque no perciban renta alguna, a diferencia de los trabajadores asalariados quienes tienen excepciones de presentarla. En ambos casos debemos rellenar el modelo 100 de IRPF. La única diferencia es que los autónomos tienen que completar la información sobre rendimientos de actividades económicas, mientras que los trabajadores asalariados tienen que incluir su nómina, en rendimientos del trabajo.
¿Qué se debe incluir en tu declaración?
Todos tus ingresos del año, aquellos relativos a tu trabajo por cuenta ajena (trabajador asalariado), los rendimientos de actividad económica, rendimientos del capital mobiliario, como por ejemplo: ganancias provenientes de la explotación de la imagen, arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas (subarrendamiento), propiedad intelectual no siendo autor, propiedad industrial no de actividad económica, asistencia técnica no de actividad económica, y rendimientos inmobiliarios, además ganancias y pérdidas patrimoniales, los rendimientos por la participación en los fondos propios de cualquier sociedad, ganancias en concepto de pago de dividendos, capitalización de contratos de seguros vida, rentas vitalicias, entre otras.
Deducciones y reducciones
Dependiendo de tus características personal, vas a tener unas reducciones u otras y recuerda que cada comunidad autónoma tiene diferentes deducciones, chequea cuales deducciones se adaptan a tu caso particular, como por ejemplo los pagos de alquiler, o inversión en estudios, o la inversión en optimización energética, incluso algunas comunidades te permiten ahorran si colocas tus gastos de gimnasio.
¿Qué es el autónomo societario? Cuando hablamos de autónomo societario, nos referimos a una persona física que haya decidido constituir una sociedad mercantil, y que tiene acciones de esta sociedad y ciertas responsabilidades en esta empresa. Los siguientes casos descritos necesitaran darse de alta como autónomo societario: – Cuando posea al menos el 50% del […]
¿Cómo puedo solicitar estos? Ambos son acreditaciones de su identidad online, que te permite realizar trámites de forma segura con una amplia gama de Administraciones Públicas y Entidades Privadas a través de Internet, firmar documentos, presentar y liquidar impuestos, entre otros muchos procedimientos. Este lo pueden adquirir cualquier ciudadano español o extranjero, mayor de edad […]
¿Qué gastos es posible deducir para pagar menos impuestos? Cómo autónomo o empresa tienes la obligación de llevar un riguroso resguardo de todas las transacciones que hagas, por lo que es importante mantener todo en tus libros registro, la App The Gestor lo crea para ti, pero ten cuidado de cumplir ciertos requisitos: que estén vinculados […]
Existen varios tipos de facturas, entre ellas destacan las que Agencia Tributaria plantea, que son las facturas simplifica y la completa, pero en general existen muchos tipos de facturas, que mencionaremos a continuación:
Factura ordinaria/completa: Se emplea para operaciones mayores a los 400 euros, el documento debe contener los datos completos tanto del emisor como del receptor, además de una descripción detallada del producto o servicio prestado.
Factura simplificada: Este tipo es un ticket; se emite cuando las transacciones no exceden los 400 euros en determinadas actividades. La información que lleva suele ser solamente del emisor, además, la descripción de los productos es menos detallada, las siguientes transacciones son las más comunes:
Factura rectificativa: Esta se utilizas ante un error de facturación; este documento te ayuda a corregir los datos, impuestos, fechas de emisión o descripciones de producto y cantidad, tiene que tener una numeración diferente y tiene que hacer referencia a la factura que cambia.
Factura proforma: Se emite para dar un presupuesto de productos o servicios. La información será la misma que una factura ordinaria, solo que su número de serie debe ser diferente. Esta factura no puedes utilizarla como justificante de gastos ni de compras, pues no tiene validez oficial y tiene que decir que es proforma.
Factura recapitulativa: Este tipo de factura es la mejor opción para agrupar todas las facturas que le has emitido a un solo cliente, también cuentan los albaranes. En la factura recapitulativa puedes agrupar todas las compras o prestaciones de servicios del mes a un mismo cliente. No puedes desglosar operaciones o facturas de meses anteriores, tiene que ser del mismo mes.
Factura electrónica: La factura electrónica es una factura normal, con los mismos datos que la factura completa; sin embargo, su formato es online, y de hecho, para que tenga validez legal, debe contener una firma o sello electrónico por parte del emisor.
Para tener una visión global, acá un resumen básico de los tipos de facturas y sus características.
Prestación por cese de actividad El gobierno ha dispuesto una prestación por cese de actividad para aquellos Autónomos que han parado su actividad por motivos fuera de su control, ya que de forma involuntaria se han visto obligado a darse de baja, aquellos que se han visto significativamente afectados económicamente y has cotizado por ello. […]
¿Qué es el autónomo societario? Cuando hablamos de autónomo societario, nos referimos a una persona física que haya decidido constituir una sociedad mercantil, y que tiene acciones de esta sociedad y ciertas responsabilidades en esta empresa. Los siguientes casos descritos necesitaran darse de alta como autónomo societario: – Cuando posea al menos el 50% del […]
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Cómo autónomo o empresa tienes la obligación de llevar un riguroso resguardo de todas las transacciones que hagas, por lo que es importante mantener todo en tus libros registro, la App The Gestor lo crea para ti, pero ten cuidado de cumplir ciertos requisitos: que estén vinculados a la actividad económica desarrollada, es decir, que sean propios de la actividad, que estén relacionados con la obtención de los ingresos, y que se encuentren convenientemente justificados, de forma prioritaria, mediante la factura, la ley permite unos gastos y ciertas cantidades, esto para tener la posibilidad de deducirlos en los impuestos que vas a tener que pagar, los detallamos a continuación.
1. Compra de artículos de venta y consumos de explotación:
-Compra de existencias (mercaderías y materias primas) en el precio de adquisición deben incluirse los gastos adicionales, tales como los de transportes, seguro, carga y descarga y otros atribuibles directamente a la adquisición.
-Otros consumos de explotación: consumo de otros aprovisionamientos (distintos de las mercaderías y materias primas) destinados al proceso de producción o utilizados en la prestación de servicios susceptibles de almacenamiento (elementos y conjuntos incorporables, combustibles, repuestos, materiales diversos, envases, embalajes, material de oficina, etc.).
2. Gastos de personal: Sueldos y salarios, seguridad social a cargo de la empresa, indemnizaciones, dietas y asignaciones de viajes del personal empleado, y otros gastos que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa (obsequios, cestas de Navidad, etc.), son deducibles.
3. Gastos del titular de la actividad: La cuota de la seguridad social y aportaciones a mutualidades, gastos de manutención que según la ley no podrá superar 11 euros diarios, ser pagados con tarjeta y tener la factura los datos del comprador.
4. Servicios exteriores:
-Arrendamientos y cánones: oficinas, naves, locales, la casa donde trabaja se deduce el porcentaje de esta que usa para actividad.
-Reparaciones y conservación: de los bienes afecto a la actividad, No se considerarán gastos de conservación o reparación, los que supongan ampliación o mejora del activo material.
-Suministros: los gastos correspondientes a electricidad y cualquier otro abastecimiento (agua, gas, telefonía, internet, etc.) que no tuviere la cualidad de almacenable y este tendrá un porcentaje de deducción del 30% multiplicado por el porcentaje de la casa que usa para actividad.
-Servicios de profesionales independientes: pagos a profesionales por los servicios prestados a la actividad económica. Como los honorarios de economistas, abogados, auditores, notarios, etc., así como las comisiones de agentes mediadores independientes, etc.
-Primas de seguros: cantidades satisfechas en concepto de primas de seguros, excepto las que se refieren al personal de la empresa. Con el límite de 500 euros por cada una de las personas que componen el núcleo familiar.
-Otros servicios exteriores: son otros servicios de naturaleza diversa adquiridos para la actividad económica que no formen parte del precio de adquisición del inmovilizado, entre los destacan: Gastos en investigación y desarrollo, transportes, servicios bancarios y similares, y publicidad, propaganda y relaciones públicas, los gastos por atenciones a clientes o proveedores (estos últimos con el límite del 1 por 100 del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo).
5. Gastos financieros: se incluyen todos los gastos derivados de la utilización de recursos financieros ajenos, para la financiación de las actividades de la empresa o de sus elementos de activo, o como los intereses de demora en tus pagos fraccionados con Agencia Tributaria.
6. Pérdidas por deterioro de los créditos: derivados de las posibles insolvencias de los deudores.
7. Incentivos fiscales al mecenazgo
8. Otros gastos fiscalmente deducibles: formación, libros, cuotas satisfechas por el empresario o profesional a corporaciones.
9. Provisiones: El conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación se cuantificarán exclusivamente aplicando el porcentaje del 7 por 100 sobre el rendimiento neto positivo con carácter general (la diferencia positiva entre los ingresos íntegros y los demás gastos fiscalmente deducibles incluidas las amortizaciones), la cuantía resultante no puede superar 2.000 euros anuales.
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